Aunque no existen cifras oficiales, casos como el del bebé a quien una jueza se niega desde hace meses a ponerle el nombre de Beliza no son extraños. Para zanjar polémicas, las Cortes ultiman la tramitación de una reforma de la Ley del Registro Civil que despejará dudas en cuanto a las restricciones a la hora de poner un nombre.
Aunque su objetivo es permitir a las personas transexuales cambiar de nombre y de sexo sin necesidad de cirugía, el proyecto también reforma el artículo 54 de la Ley de Registro Civil. Concretamente, elimina la prohibición de los diminutivos o variantes familiares que no hayan adquirido el grado de sustantividad; es decir, de nombre.
En este sentido, desde el Ministerio de Justicia recuerdan que la reforma que está a punto de aprobarse permitirá cambiar el nombre e inscribirse como Maite, Toni, Pepe, Goyo, Anita o Juanito, siempre y cuando se acredite documentalmente que son conocidos así.
La eliminación de la prohibición, aseguran estas mismas fuentes, pretende satisfacer una demanda social y unificar criterios a la hora de aplicar la ley, y su artículo 54, en los diferentes registros.
La titular del Registro Civil de Majadahonda, que se niega a inscribir a una niña de menos de un año como Beliza, envió recientemente a sus padres un escrito razonando su negativa. La providencia de la magistrada Elena Cortina, fechada a 18 de enero, entre otros argumentos para su negativa esgrime el artículo 54. Además, asegura que no se atiene a la correcta grafía española y que debería ser Belisa. Los padres han recurrido.
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